Preguntas Frecuentes (FAQs)
Sección 1. Preguntas Generales
1.1 Ya presenté mi reclamo. ¿Cuál es el siguiente paso? (Actualizado: el 30 de junio de 2023)
Una vez presentado el reclamo, el primer paso que el Fondo de Compensación para Víctimas (Victim Compensation Fund, VCF) toma es hacer una revisión preliminar para confirmar que todos los documentos "mínimos requeridos" se hayan entregado. En adición al requisito de completar el Formulario de Reclamo, también le requerimos los siguientes documentos para que su reclamo pueda progresar a una revisión más sustancial:
- La página de firma del Formulario de Reclamo (o las secciones equivalentes de la parte IV del Formulario de Reclamo original del VCF 2)
- Anexo A: "Autorización para Difundir Información Médica" (Exhibit A – “Authorization for Release of Medical Information”)
- Certificación del Programa de Salud del WTC de que tenga por lo menos una condición física certificada para tratamiento. (El VCF contactara al Programa de Salud del WTC directamente para confirmar que usted tiene una condición certificada elegible; sin embargo, si usted tiene accesible la carta de certificación de condiciones usted puede enviarla o subirla en línea a su reclamo.
- Documentos que comprueben presencia según lo especificado en la sección 1.6 de las Políticas y Procedimientos del VCF.
- El formulario de pago ACH del VCF si el pago de su reclamo va ser depositado en su cuenta de banco.
- El documento Autorización del Cliente para depositar el pago de su reclamo a la cuenta de banco de su abogado (si es aplicable). Su abogado le proveerá este formulario.
- Anexo C- si está representado por un abogado y el bufete de abogados no había provisto un Anexo C con el VCF previamente.
- En adición a estos documentos, si está presentando un reclamo por fallecimiento también tiene que proveer:
- Apéndice A (o Anexo el F del Formulario de Reclamo original), y
- Cartas de Administración/Testamentarias y el Certificado de Defunción.
Estas formas, junto con otros recursos importantes que le ayudan a presentar un reclamo, se pueden encontrar en la página web del VCF “Formas y Recursos”.
Si algunos de los documentos mencionados anteriormente faltan o son insuficientes, el VCF le enviará una carta de Información Faltante y pondrá su reclamo en estado "inactivo". Una vez que se reciban los documentos requeridos y se verifiquen como completos y suficientes, el reclamo se reactivará para revisión.
Si los documentos requeridos no se entregan dentro de los 30 días de la fecha de la carta de información faltante, es posible que su reclamo se deniegue. Si se deniega su reclamo, usted puede enmendar una vez que tenga los documentos necesarios y el VCF reactivará la revisión de su reclamo. Siga estas instrucciones para presentar una enmienda.
Para un resumen del proceso de revisión de reclamos del VCF está disponible para más información.
1.2 Ya presenté mi reclamo. ¿Cuándo se decidirá? (Actualizado: 5 de noviembre de 2024.) - Updated
Como regla general, los reclamos se revisan por orden de llegada, siguiendo el orden de la fecha en que se presentó el formulario de reclamo de compensación. Esto significa que el VCF prioriza los reclamos que han estado en espera por más tiempo antes de comenzar a revisar los reclamos más recientes. Los reclamos se priorizan para revisión sólo cuando toda la información requerida ha sido presentada.
El VCF continúa trabajando para acortar el tiempo de que toma decidir los reclamos y está trabajando en emitir determinaciones dentro del año de la presentación del Formulario del Reclamo o enmienda (asumiendo que fueron sometidas con toda la documentación necesaria para poder completar la decisión del reclamo).
La grafica de la “Cronología de la Revisión del Reclamo” refleja el estado más actual de la revisión de reclamos al momento. Las fechas en esta cronología solo aplican a los reclamos presentados en buen orden, entiéndase los reclamos que contienen todos los documentos requeridos y que el VCF necesita para determinar la elegibilidad y calcular la compensación. Reclamos que se han hecho inactivos o puestos en pausa porque le faltan documentos requeridos tardan significativamente más tiempo para repasar y no se reflejan en esta cronología.
Por favor tenga en cuenta que el VCF revisa y lo calcula cada reclamo en forma individual y existen reclamos más complejos que toman más tiempo en ser procesados. Esto es particularmente cierto en los reclamos presentados para las víctimas cuando su muerte está relacionada a su condición del 9/11, cuales requieren el estudio de una cantidad sustancial de documentos e información para poder validar la autoridad legal del Representante Personal quien presentó el reclamo y para calcular la indemnización. Los reclamos también pueden tardar en lo que el VCF espera respuestas de las terceras fuentes.
Una vez que el VCF comience a revisar su reclamo, y necesite alguna información adicional se comunicará con usted. La mejor manera de acelerar la revisión de su reclamo es presentando un reclamo completo y respondiendo con prontitud a cualquier solicitud que se le haga.
1.3 ¿Habrán algunas circunstancias en el que se pueda acelerar la revisión de mi reclamo? (Actualizado: el 9 de diciembre de 2022)
Sí. En los casos que envuelvan enfermedades terminales o dificultad financiera significativa, usted puede pedir al VCF que acelere el procesamiento de su reclamo. El VCF considera “dificultad financiera significativa” una eminente o pendiente orden de desahucio o ejecución de hipoteca, o falta de vivienda, siempre y cuando sea demostrada con la documentación apropiada. Si usted desea acelerar su reclamo a base de una enfermedad terminal o dificultad financiera usted debe comunicarse con la línea de ayuda del VCF al 1-855-885-1555 y someter los documentos adecuados a su reclamo. Si usted está representado por un abogado, usted debe solicitar asistencia del mismo. El VCF revisará su petición y le notificara si la misma fue aprobada o denegada dentro de las 48 horas de presentada. Los reclamos que son aprobados para revisión expedita, asumiendo que contiene todos los documentos necesarios para la revisión el VCF puede completar, la revisión llegar a una determinación y procesar el pago en tan poco como 3-4 semanas. En estas instancias, el pago del reclamo puede ser emitido tan pronto la carta de determinación ha sido enviada, usted mantiene el derecho de apelar dentro de 30 días del periodo de apelación.
1.4 ¿Necesito un abogado para presentar un reclamo? (Actualizado: el 7 de abril de 2021)
No, usted no necesita un abogado para presentar un reclamo con el VCF, y no se le da prioridad a los reclamos que son presentado a través de abogado sobre los reclamos presentados sin abogados. Nosotros evaluamos todos los reclamos siguiendo las mismas guías y calculando los reclamos con la misma metodología, sin importar que un abogado esta asistiendo con el reclamo. Tenemos varios recursos disponibles para asistir a los individuos a presentar su reclamo, incluyendo la línea de llamada que es libre de costo con representantes bilingües, e interpretes para cualquier idioma. La Línea de Ayuda puede asistirle cualquier pregunta sobre el proceso de presentación de reclamo. También le pueden asistir en llenar el formulario de reclamo y explicarle los documentos que se deben presentar con su reclamo. Usted puede llamar para información general, o usted puede sacar una cita con un representante de la Línea de Ayuda para trabajar y completar la presentación de su reclamo. Si usted decide que un abogado le ayude con su reclamo, la ley limita los honorarios que el abogado le puede cobrar. Los abogados no pueden cobrar más del 10% del monto total de la indemnización.
1.5 ¿Cómo puedo añadir o cambiar el abogado en mi reclamo? (Actualizado: 7 de abril de 2021)
Para añadir, cambiar o eliminar un abogado de su reclamo, siga las instrucciones del Formulario de Cambio de Abogado y suba a su reclamo en línea el formulario completo y firmado. Una vez el VCF recibe el formulario completo con todos los documentos requeridos, haremos las actualizaciones pertinentes a su reclamo, incluyendo quién recibe correspondencia y quién puede acceder al reclamo en línea.
Usted no debe presentar un nuevo registro o un nuevo reclamo por el mero hecho de cambiar de abogado. Esto aún aplica cuando su reclamo ha sido decidido o pagado y usted intenta enmendar o añadir una nueva condición para solicitar indemnización adicional. Una vez usted presente el formulario de cambio de abogado el VCF actualizará su reclamo existente y su nuevo abogado podrá presentar la enmienda y/o documentos.
1.6 ¿Qué tipo de documentos puedo proveer para probar que estuve presente en una zona elegible? (Actualizado 15 de octubre de 2024) - Updated
Hay diferentes tipos de documentos que se pueden utilizar para demostrar presencia en una zona elegible. Repasa nuestra página de, ¿Cómo probar presencia? para detalles de cómo probar presencia. Desde esta página, usted puede accesar nuestra Guía de Presencia Interactiva la cual le hará preguntas para determinar que tipos de documentos serán los mejores para respaldar su presencia a base de sus circunstancias específicas.
1.7 ¿Qué pasa si no puedo encontrar ningún documento o testigos para demostrar que estaba presente? (Actualizado: el 15 de octubre de 2024) - New
Si usted no puede encontrar ningún documento o testigos para respaldar su presencia en algunas de las zonas del 11/9 durante el periodo de tiempo establecido, y trató todas las opciones disponibles, usted aún podría ser encontrado elegible por el VCF. Esto aplica de igual manera si usted es la víctima, el representante personal, o el custodio legal de la víctima.
El próximo paso para aquellos que no pueden encontrar documentación o testigo es la audiencia de elegibilidad. La audiencia de elegibilidad es la oportunidad que tiene para testificar bajo juramento sobre la presencia de la víctima. La audiencia de elegibilidad debe ser solicitada únicamente cuando ya ha tratado de obtener documentos y testigos y no puedo conseguir ninguno de los dos.
Para solicitar una audiencia de elegibilidad, provea una carta al VCF que contenga:
- Una explicación detallada de los documentos y testigos que trató de obtener y localizar y la razón por la cual no están disponible, y
- Solicitar al VCF denegar su reclamo con el propósito de obtener una audiencia de elegibilidad.
Las audiencias de elegibilidad solo se pueden solicitar después de que su reclamo ha sido denegado. Después que el VCF reciba su carta, revisaremos la información y lo contactaremos para dejarle saber los siguientes pasos.
El proceso de audiencias toma tiempo. Si usted solicita una audiencia, al VCF le va a tomar más tiempo en rendir una decisión sobre su elegibilidad. La manera más rápida para llegar a una decisión de elegibilidad es proveyendo los documentos que demuestran la presencia de la víctima. Repasa nuestra página web de, ¿Cómo probar presencia? para información adicional, incluyendo acceso a nuestra Guía de Presencia Interactiva.
1.8 Me dijeron que necesitaba documentos certificados o verificados. ¿Qué significa eso? (Actualizado: el 15 de octubre de 2024) - New
El VCF requiere que algunos documentos sean certificados o verificados. Récords de uniones, de escuelas, y transcripciones. Estas transcripciones deben ser enviadas directamente al VCF por la unión o por la escuela por correo regular o por correo electrónico.
Si no son enviadas directamente al VCF, entonces deben ser certificadas o verificadas.
Como certificar o verificar documentos:
- Documentos que se te han enviado directamente desde la unión o la escuela pueden ser certificados por un empleado de la escuela o de la unión que lo provee. Un documento es “certificado” cuando está acompañado por una carta firmada por el empleado que provee los récords. La carta debe certificar que los récords son ciertos y precisos, y que además contengan el nombre, titulo, e información de contacto de ese empleado.
- Documentos que se le envían a su abogado directamente de la unión o de la escuela pueden ser verificados por su abogado. Un documento es “verificado” cuando está acompañado por una carta firmada por el abogado como individuo (no por su título o nombre de la firma) afirmando que los récords que están proveyendo al VCF son precios y copias fieles de los récords que recibieron de la escuela, compañía, u organización. Los documentos solo pueden ser verificados por la firma si son recibidos directamente de la fuente.
1.9 ¿Qué pasa si una víctima fallece después de haber presentado su reclamo por lesión personal?
Cuando el reclamante que ha presentado su reclamo de lesión personal muere, el VCF suspende el procesamiento de su reclamo /o pago hasta que el Representante Personal del reclamante fallecido (“fallecido”) es designado y validado por el VCF. Es así para proteger la información personal del fallecido y asegurar que los detalles del reclamo solo sean compartidos con quienes están autorizados en ley para accesar la información.
Cuando el VCF se entera que el reclamante ha fallecido, envía una carta a la última dirección conocida para explicar el estado actual del reclamo personal, y los pasos que se deben tomar para que el VCF pueda continuar procesando el reclamo. Como cada reclamo tiene sus circunstancias únicas, es importante revisar la correspondencia recibida del VCF y contactar a la Línea de Ayuda sino está seguro como proseguir.
La página web del VCF incluye información detallada de cómo se procesan estos reclamos.
1.10 Si un individuo con una condición elegible relacionada al 11/9 fallece, y el certificado de defunción pone COVID-19 como la causa de muerte, esto afectará la evaluación del VCF como un reclamo de fallecido presentado a nombre de la víctima? (Añadido: 9 de septiembre de 2020)
La ley que gobierna el VCF requiere que, para ser elegible para compensación, la víctima debe haber sufrido un daño físico o muerte como resultado de los ataques terroristas, o la remoción y limpieza de escombros inmediatamente después de los ataques del 11 de septiembre de 2001. El VCF generalmente evalúa el certificado de defunción para ver la causa de muerte.
El formulario del certificado de defunción estándar (consistente con las guías del CDC) incluye 3 categorías separadas en que la causa de muerte puede ser enumerada.
- Causa de muerte inmediata,
- Causa subyacente de muerte (ejemplo, la condición que dio lugar a la causa de muerte inmediata o a consecuencia de), y
- Condiciones significantes que contribuyen a la cause de muerte.
Si una condición de salud física relacionada al 11/9 que es elegible para compensación está en la lista de una de esas tres categorías entonces, generalmente, el VCF considera que la muerte fue causada por la condición elegible y emitirá una compensación en el reclamo del fallecido. Si la condición elegible por el VCF no está en ese listado, entonces se necesitará evidencia médica que haga la conexión para nosotros, y que nos demuestre como la condición elegible del VCF resultó en muerte. Por ejemplo, si el certificado de defunción pone que la causa de muerte inmediata fue una infección – neumonía, por ejemplo, o sepsis – entonces nosotros revisaremos si la condición elegible para el VCF está en la lista de causa subyacente o condición contribuyente a la muerte. Si lo está, entonces, generalmente el VCF compensará por la muerte. Si la condición elegible para el VCF no sale en el listado, entonces, generalmente, vamos a necesitar evidencia medica adicional que conecte y demuestre como la condición elegible contribuyó o resultó en muerte.
Nota, como sea, el VCF evalúa cada reclamo individualmente a base de sus propios hechos. Por esta razón, puede haber circunstancias particulares en su reclamo que respalden un cambio de la aplicación de estas reglas y política generales.
1.11 Qué pasa si mi nombre actual es diferente al nombre que sale en documentos complementarios de mi reclamo. Por ejemplo, mi nombre de casada es diferente a mi nombre para el tiempo del 9/11, como aparece en mi diploma escolar o la transcripción de créditos de la universidad los cuales son utilizados para aprobar mi presencia. Qué pasa si mi nombre ha cambiado desde el momento que registre mi reclamo por primera vez. (Añadido: 24 de septiembre de 2019)
Usted debe proveer uno de los siguientes documentos dependiendo de cuál le aplica a su circunstancia:
- Si su nombre en el formulario de reclamo y en el reclamo en línea es correcto, pero es diferente al nombre que aparece en los documentos complementarios, usted debe subir una carta explicando el cambio de nombre y proveer los documentos que se indican a continuación para probar el cambio.
- Si su nombre cambió después que usted se registró o presentó su reclamo con el VCF, usted debe completar el formulario de Formulario de Resolución de Información de Reclamo haciendo constar el cambio y presentar uno de los documentos que se indican a continuación para probar el cambio de nombre. Usted puede subir estos documentos a su reclamo en línea.
Los documentos que usted debe presentar por cambio de nombre deben incluir lo siguiente:
- El nombre asociado con su reclamó del VCF y/o el nombre que aparece en los documentos que usted está presentado para complementar su reclamo; y
- Su nombre nuevo
Usted debe proveer uno de los siguientes documentos dependiendo de cuál le aplica a su circunstancia: orden judicial, certificado de matrimonio, orden/decreto de divorcio, u otro documento legal que corrobore el cambio de nombre. El VCF no requiere que usted provea los documentos originales – por lo tanto, usted puede subir el documento o los documentos a su reclamo en línea.
1.12 ¿Puedo presentar reclamos en ambos fondos, con el VCF y con el Fondo para Víctimas de los EE.UU. de Actos de Terrorismo Apoyado por el Estado (“U.S. Victims of State Sponsored Terrorism Fund, USVSST)? (Actualizado: el 7 de abril de 2021)
Sí, aunque, al VCF se le requiere por ley contrarrestar cualquier beneficio pagado por cualquier fuente colateral en relación a los ataques del 11/9. Como resultado, los pagos hechos por el Fondo de USVSST a las víctimas elegibles para compensación por el VCF, están sujeto a deducción. Para clarificar, el VCF es requisito deducir los pagos hechos por el Fondo de USVSST a la misma víctima a raíz de las lesiones relacionadas con el 11/9.
Para más información, refiérase a la Sección 3.9 de las Políticas y Procedimientos del VCF.
1.13 ¿Puedo presentar un reclamo al VCF si participo en una demanda bajo la Ley de Justicia contra los Patrocinadores de Terrorismo (Justice Against Sponsors of Terrorism Act, JASTA)? (Actualizado: el 5 de septiembre de 2019)
Sí, si usted participa en una demanda en conformidad con la JASTA, aún puede presentar un reclamo al VCF. Vea la sección 405(c)(3)(C)(i), de la ley Zadroga, según enmendada (49 U.S.C. § 40101). Cualquier compensación otorgada por el tribunal en la demanda u obtenida a través de un acuerdo del litigio se tratará como una compensación y se deducirá del cálculo de su indemnización del VCF.
Por favor recuerde que usted debe informar al VCF de cualquier pago o compensación que reciba o vaya a recibir por terceras fuentes, aún después de haber sometido su reclamo– este deber se extiende hasta cuando ya haya recibido indemnización por su reclamo– debe notificar al VCF de cualquier compensación que reciba de terceras fuentes hasta que el VCF cierre sus puertas el 1 de octubre del 2090. Usted debe reportar toda compensación recibida por terceras fuentes usando este formulario actualizado.
1.14 ¿Si pienso que el producto manufacturado o el doctor contribuyó, causó, o empeoró mi condición relacionada al 11/9, (o contribuyó o causó la muerte de una víctima fallecida). Puedo demandar al manufacturero o al doctor y como quiera participar en el VCF?
No. Una demanda contra el producto manufacturado por responsabilidad del producto, o en contra del doctor por impericia médica, está basado en la teoría legal de que ese producto o ese doctor contribuyó, causó, o empeoró mi condición relacionada al 9/11.Este tipo de demandas cae bajo los términos del relevo de demandas del estatuto del cual el VCF opera. Esto quiere decir que para que usted sea elegible para compensación, cuando usted presenta un reclamo con el VCF, usted debe renunciar a su derecho de participar en este tipo de demanda y tienes que cumplir con los requisitos del acuerdo y fecha de desestimación que están explicadas en la Sección 1.3 de las Políticas y Procedimientos del VCF.
Por favor tenga en cuenta que cualquier acción para desestimar su demanda es particularmente desaconsejada, con el VCF como un programa alterno a litigación. Si usted resuelve la demanda para el cual el relevo le aplica, después de la fecha limite aplicable, usted no será elegible para una compensación, aun cuando usted no haya sido diagnosticado o certificado con una condición elegible al momento que usted presentó o resolvió la demanda. Mientras que el VCF en algunos casos puede hacer excepciones cuando hay una desestimación fuera de la fecha límite, no puede, en consistencia con los requisitos del estatuto, hacer excepciones con los casos resueltos fuera de tiempo.
Sección 2. Registro y Otros Plazos
2.1 ¿Cuáles plazos tengo que cumplir para presentar mi reclamo con el VCF? (Añadido: 6 de agosto de 2020)
Hay dos plazos en el proceso de presentar un reclamo – el primero es el plazo para registrase y el segundo es el plazo para presentar un reclamo. Registrase no es el mismo que presentar un reclamo y el plazo varía de acuerdo las circunstancias particulares de cada individuo. Para entender cuál es aplicable a su situación vea Plazos para Registrarse para información más detallada sobre los plazos del VCF.
El plazo para presentar el reclamo es el mismo para todo el mundo: 1 de octubre del 2090.
La página web del VCF tiene información útil de como registrar y presentar un reclamo .
2.2 ¿Qué es el registro? ¿Cómo registro mi reclamo con el VCF y cuál es la fecha límite para registrarme?
Registrase es el primer paso en el proceso de presentar un reclamo y lo que hace es que le reserva el derecho a presentar un reclamo en el futuro. Usted no renuncia a ningún derecho legal cuando usted se registra, y el registrase no le obliga a presentar un reclamo en el futuro. El registrase únicamente sirve para alertar al VCF de que usted puede ser un potencial reclamante; y así se cumplen los requisitos legales de fechas límites que establece la ley. Los Plazos para Registrarse varían a base de sus circunstancias individuales.
Aunque el registrarse no le obliga a presentar un reclamo en el futuro, si usted presenta un reclamo, usted debió haberse registrado con el VCF en el plazo de registro que le aplicaba para poder ser elegible para compensación. Por esta razón, el VCF fomenta a que todo individuo se registre, aunque aún no esté enfermo o no haya sido diagnosticado o certificado por el Programa de Salud del WTC. De esta manera, usted no se tiene que preocupar por registrase si se enferma en el futuro.
Esta guía le explica paso por paso de como registrarse con el VCF. Para registrase lo puede hacer en línea o por teléfono llamando a Línea de Ayuda al 1-855-885-155, para asistencia.
2.3 ¿Necesito tener mis condiciones certificadas para tratamiento por el Programa de Salud del WTC antes de registrarme con el VCF? (Actualizado: el 6 de agosto de 2020)
No. No necesita estar certificado para tratamiento por el Program de Salud del WTC para registrase con el VCF. Usted se puede registrar en cualquier momento – ya sea en línea, o llamando a nuestra Línea de Ayuda al 1-855-885-1555, siempre y cuando lo haga antes de su plazo para registrarse. Al registrase con el VCF preserva su derecho de presentar un reclamo tanto ahora como en el futuro.
2.4 Y si no estoy enfermo, ¿cómo quiera me tengo que registrar para el 21 de julio de 2021? (Añadido: 30 de julio de 2021)
Sí. Usted se puede registrar con el VCF en cualquier momento – ya sea en línea o llamando a la Línea de Ayuda al 1-855-885-1555. Al registrarse, usted preserva el derecho de presentar un reclamo en el futuro. Aunque el registrase no le obliga, si usted presenta un reclamo, usted tuvo que haberse registrado con el VCF dentro de su plazo de registro aplicable para poder ser elegible para compensación. Por esta razón, nosotros fomentamos para que todos se registren ahora aun cuando todavía no estén enfermos. Así, no tiene que preocuparse en registrarse si se enfermará en un futuro.
2.5 ¿Qué pasa si registro mi reclamo después del 29 de julio del 2021? (Actualizado: 30 de julio de 2021)
Si usted se registra con el VCF después del 29 de julio de 2021, su registro se considerará a tiempo siempre y cuando cumpla con el plazo para registrarse que le aplique.
La fecha límite del 29 de julio de 2021, le aplicará únicamente a los individuos que se les pasó el plazo previo.
2.6 ¿Cómo yo sé si estoy registrado con el VCF y si mi registro cumple con el plazo que le corresponde? (Añadido: 6 de agosto de 2020)
Sino está seguro(a) de estar registrado(a) con e l VCF, o si tiene alguna pregunta relacionada con los Plazos para Registrarse, por favor llame a la Línea de Ayuda al 1-855-885-1555 para asistirle.
2.7 Una vez me registre, ¿cuál es la fecha límite para presentar mi reclamo?
Mientras los Plazos para Registrarse varían dependiendo del individuo y sus circunstancias, el plazo para presentar un reclamo es igual para todo el mundo. El reclamo tiene que ser presentado en o antes del 1 de octubre de 2090.
Una vez se registre con el VCF, usted debe presentar su reclamo únicamente después de haber sido certificado por el Programa de Salud del WTC por una condición física relacionada al 11/9. La certificación se puede dar en cualquier momento desde ahora hasta que el Programa de Salud cierre en el 2090. Si usted presenta su reclamo sin haber sido certificado, el VCF pondrá su reclamo en estado inactivo y se mantendrá en ese estado sin ser revisado hasta que usted presente la carta de certificación del Programa de Salud del WTC. Vea FAQ 3.3. para más detalles.
El VCF fomenta que usted presente su reclamo después de haber sido certificado y conozca todas las pérdidas que va a reclamar para así poder revisar su reclamo lo antes posible y evaluar su elegibilidad para compensación.
Sección 3. Programa de Salud del WTC
3.1 ¿El Programa de Salud del WTC es parte del VCF? (Actualizado el 7 de abril de 2021)
No, el programa de Salud del WTC y el VCF son dos programas separados, y cada cual tiene su propio proceso de registro, criterios de elegibilidad, y misión. El Programa de Salud del WTC es administrado por el Departamento de Salud y Servicios Humanos de EE.UU. que provee monitoreo médico y tratamiento para los rescatistas del WTC, y las zonas relacionados en la ciudad de New York, el Pentágono, y Shanksville, PA; y para los sobrevivientes de la Zona de Desastre de la ciudad de Nueva York que están en el Programa de Salud del WTC durante el lapso de tiempo requerido. El VCF es administrado por el Departamento de Justicia de los EE.UU. y provee ayuda financiera y compensación para todos los que han sido diagnosticados por una condición elegible de las condicione relacionadas al 11/9 y los que cumplen con el criterio de elegibilidad del VCF. La inscripción con el Programa de Salud del WTC no lo registra con el VCF o no le presenta un reclamo por usted.
3.2 ¿El VCF recibe copia de mi record médico del El Programa de Salud del WTC? ¿Necesito proveer copias de mi record médico con mi reclamo? (Actualizado: 7 de abril de 2021)
El VCF no recibe copia de su récord médico como parte del acuerdo de compartir información con el Programa de Salud del WTC. El Programa de Salud del WTC solo le provee al VCF la información que se usa para determinar si usted tiene una condición elegible certificada. La información que recibimos del Programa de Salud del WTC incluye, nombre de la condición, la categoría de la condición dentro del Programa de Salud del WTC (por ejemplo, cáncer, desorden en las vías respiratorias superiores), y el código del diagnóstico médico asociado. Si el Programa de Salud del WTC nos notifica que usted ha sido certificado para una condición física elegible, nosotros aceptamos esa certificación como prueba de condición elegible.
Si el Programa de Salud del WTC le certifica una condición, usted no necesita proveer records médicos para complementar su reclamo, de pérdida no económica, cuando su condición está en el rango más bajo de indemnización. Similarmente, cuando su condición elegible el VCF la ha identificado como presuntamente severa y debilitadora, usted no necesita proveer records médicos para calificar por la indemnización más alta de pérdida no económica permitida por los topes establecidos en la ley. Vea la sección 2.1.a– “Valuation of non-economic loss” – en el documento de documento de Políticas y Procedimiento para un listado de condiciones que se consideran presuntamente severas.
Si su condición certificada no está en la lista de condiciones que el VCF considera como presuntamente severas e impacta su vida diaria significantemente o si la certificación no contempla la severidad de la condición, usted puede proveer records médicos relacionados a sus condición para que el VCF pueda evaluar la severidad y el efecto de su condición para así determinar si un aumento en la indemnización de pérdida no económica es pertinente dentro del rango de la categoría de esa condición. Los récords médicos pueden incluir hospitalizaciones, reportes de cirugías, tratamientos de emergencia, y/o el tratamiento para los efectos secundarios de esa condición; resultados de exámenes y descripción del tratamiento recetado que demuestren severidad en su condición; o records médicos que documenten la severidad y/o el efecto de su condición en su vida diaria. Para un listado de los tipos de documentos que pueden asistir al VCF en evaluar su reclamo, vea la sección 2.1.c – “Documentation of non-economic loss” – en el documento de Políticas y Procedimientos. Por favor provea únicamente los documentos médicos relacionados a su condición física elegible al 11/9 y resalté con un marcador la información más relevante en los documentos o provea una guía en escrito que nos dirija a las páginas más relevantes. El VCF no va a revisar récords médicos que sean voluminosos (ejemplo: 75 paginas o más) sin que estén resaltados con un marcador o que vengan acompañados de una guía escrita.
Si usted provee récords médicos para complementar su reclamo, usted no tiene que proveer todos sus records médicos. Un documento por un médico resumiendo todo el historial médico de su condición y tratamiento suele ser suficiente para probar la magnitud de su pérdida no-económica.
3.3 ¿Yo hice mi cita con el Programa de Salud del WTC, pero me dijeron que podrían pasar varios meses para ser atendido y luego recibir la carta de certificación. ¿Puedo presentar mi reclamación aún cuando no he obtenido la certificación? (Actualizado: 14 de noviembre de 2017)
Es preferible esperar para presentar su reclamación hasta que haya obtenido la certificación del Programa de Salud del WTC, siempre y cuando usted haya registrado su reclamación oportunamente. Si usted presenta su reclamación sin haber obtenido primero la certificación, el VCF pondrá su reclamación en estado inactivo y permanecerá en dicho estatus y no la revisaremos hasta que usted nos provea con su carta de certificación.
3.4 El Programa de Salud del WTC anunció que el cáncer uterino ha sido añadido a la lista de los canceres cubiertos en el programa efectivo el 18 de enero de 2023. ¿Puedo recibir compensación por mi cáncer uterino si ha sido recientemente certificado por el Programa de Salud del WTC, ya habiendo presentado un reclamo?
Sí. Efectivo el 18 de enero del 2023, todo lo los canceres uterinos, incluyendo el cáncer endometrial, han sido añadidos a la lista de Condiciones de Salud relacionadas al WTC, y por consiguiente compensables por el VCF, siempre y cuando los otros criterios de elegibilidad se cumplan.
Si tu reclamo fue previamente denegando porque no tenías certificada una condición elegible, y su cáncer uterino o endometrial es certificado por el Programa e Salud del WTC, puedes enmendar tu reclamo. El VCF revisará su reclamo y le notificará del resultado de la revisión.
Si ya has sido compensado por otras condiciones elegibles, y ahora eres certificado con cáncer uterino o endometrial, puedes enmendar tu reclamo para compensación adicional con relación al cáncer.
Vea la Sección 5 para detalles de cómo enmendar u reclamo
3.5 ¿Qué pasa si ya fui diagnosticada con cáncer uterino en el pasado, pero el cáncer no ha sido certificado por el Programa de Salud del WTC? ¿Soy eligible para compensación por el VCF?
Sí, pero para poder recibir compensación con el VCF, usted debe tener la condición certificada por el Programa de Salud del WTC. Esto es requerido aun cuando usted no necesite tratamiento para el cáncer en ese momento. Para empezar el proceso de certificación con el Programa de Salud del WTC, puede encontrar más información en línea https://www.cdc.gov/wtc/uterineCancer_20230118.html o por teléfono al 1-888-982-4748.
Una vez su cáncer uterino es certificado por el Programa de Salud del WTC, usted debe presentar un reclamo, o enmendar su reclamo, para añadir el cáncer uterino como condición nueva. La página web del VCF detalla cómo presentar un reclamo o enmendar un reclamo (Vea FAQ 5.1) que había sido presentando anteriormente. El VCF revisará su reclamo y le notificará del resultado de la revisión.
3.6 Si yo fui diagnosticada con cáncer uterino antes de que fuera añadido a la lista del Programa de Salud del WTC, y pagué gastos médicos relacionados al tratamiento del cáncer de mi bolsillo, ¿el VCF me puede reembolsar esos gastos médicos?
Sí, siempre y cuando se cumplan los requisitos de reembolso de esos gastos. Usted puede reclamar reembolso al VCF por los gastos de su bolsillo relacionado con su cáncer uterino antes de la fecha de que el Programa de Salud del WTC le certificó por el tratamiento de esa condición. El VCF tiene requisitos específicos para reclamar reembolso de gastos médicos. Vea FAQ 6.5 para más detalles.
3.7 Un miembro de mi familia falleció, y fue diagnosticada con cáncer uterino antes de fallecer. Creo que su cáncer uterino estaba relacionado con su exposición al 11/9, pero no era una condición en la lista del programa de salud del WTC antes de su muerte. Ahora que la condición fue añadida, ¿puedo reclamar compensación por su cáncer? ¿Cómo puedo probar que su cáncer estaba relacionado a su exposición al 11/9 si ella no puede certificarse con el Programa de Salud del WTC?
Sí, el Representante Personal autorizado de la persona fallecida puede presentar un reclamo para compensación del cáncer uterino, siempre y cuando los otros requisitos de elegibilidad se cumplan. Porque la fallecida no puede ir al Programa de Salud del WTC para certificar su condición, el cáncer uterino tiene que ser verificado mediante el proceso de Médico Privado del VCF. El Representante Personal autorizado tendrá que completar y presentar los formularios y documentos requeridos para que el Médico Privado del VCF pueda evaluar y determinar si la muerte está relacionada a su condición. Puedes encontrar detalles e instrucciones sobre el proceso de Médico Privado aquí: https://www.vcf.gov/private-physician-process.
En adición a completar los formularios de médico privado, el Representante Personal autorizado también tendrá que presentar un reclamo a nombre de la víctima solicitando compensación en relación al cáncer, o enmendar un reclamo ya previamente presentado dependiendo de las circunstancias específicas que se delinean a continuación:
- Si la víctima presentó un reclamo de lesión personal con el VCF antes de su muerte, siga estas instrucciones: https://www.vcf.gov/resources/when-claimant-passes-away-after-filing-personal-injury-claim.
- Si el reclamo de fallecido ha sido presentado, y el reclamo ha sido aprobado a base de otras condiciones elegibles, el Representante Personal puede enmendar el reclamo de fallecido para solicitar compensación adicional por el cáncer relacionado.
- Si ningún reclamo se ha presentado a nombre de la víctima, y se cree que la causa de muerte está relacionada a su condición del 11/9 (incluyendo cáncer uterino verificado por el proceso de Médico Privado), el Representante Personal autorizado tendrá que presentar un reclamo a nombre de la víctima.
- Si ningún tipo de reclamo se ha presentado a nombre de la víctima, y se cree que la causa de muerte no está relacionada a su condición del 11/9, entonces el Representante Personal autorizado tendrá que presentar un reclamo de lesión personal a nombre de la víctima. Para solicitar compensación por las perdidas asociadas a sus condiciones elegibles antes de su muerte.
Sección 4. Apelaciones
4.1 ¿Cómo debo apelar la decisión de mi reclamo? (Actualizado: el 13 de octubre de 2023)
La apelación puede ser presentada dentro de los 30 días después de que el VCF le notifique la decisión de elegibilidad o compensación en su reclamo. Usted podrá apelar una decisión de elegibilidad únicamente cuando la carta de denegación de elegibilidad y de la carta de determinación incluyan el Formulario de Solicitud de Apelación.
Si usted va a apelar la decisión de su reclamo, hay pasos específicos a seguir y fechas límites que cumplir. Su carta de elegibilidad sea de denegación o compensación incluirá información detallada en como apelar tu decisión.
4.2¿Qué debo hacer cuando no tengo intención de apelar la decisión en mi reclamo? (Actualizado: el 13 de octubre de 2023)
Si usted no quiere apelar la decisión, usted no tiene que tomar ninguna acción. Si el VCF le envía la carta con la decisión, el VCF procesará cualquier pago aplicable en su reclamo. Si usted recibe la carta notificándole que el VCF le denegó su reclamo, el reclamo se mantendrá en ese estado. Si en el futuro usted tiene información nueva y entiende que esa información pueda cambiar la decisión de elegibilidad de su reclamo, usted podrá enmendar su reclamo.
4.3 ¿Cuándo debería enmendar y cuándo debería apelar? (Actualizado: el 13 de octubre de 2023)
Debería apelar si usted va a cuestionar la determinación del VCF.
Debería modificar si usted va a procurar una nueva determinación basada en información nueva.
Si usted presenta una apelación de elegibilidad, su revisión de compensación no iniciará hasta después de que se haya tomado una decisión sobre su apelación. En todos los casos, presentar una enmienda o apelación no afectará el pago en la determinación original.
Cuando esté entre apelar o enmendar considere que puede estar renunciando o comprometiendo un reclamo en particular o un argumento escogiendo seguir con la enmienda en vez de la apelación. El VCF tiene discreción en cuanto a determinar si la apelación presentada sería mejor resolverla como una enmienda. Note que en los casos de reclamos de persona fallecida (por ejemplo: reclamo presentado en nombre de una víctima que murió como resultado a su condición relacionada al 11/9) no es posible enmendar el reclamo salvo en circunstancias bien limitadas.
No debe apelar la decisión de su reclamo como una manera de procurar una revisión expedita de una enmienda que no esté relacionada con la decisión ya tomada. Las apelaciones presentadas únicamente con la finalidad de procurar la consideración de una modificación en un asunto no relacionado son inválidas y se le notificará que su apelación se canceló, que se considera que renunció a su derecho de apelar contra esa determinación. Si no se ha hecho una determinación de indemnización en su reclamo, la nueva información se revisará como enmienda.
La información detallada de cómo esto afecta las determinaciones de elegibilidad y compensación, incluyendo los ejemplos específicos, puede encontrarse en Resumen de enmiendas y apelaciones y también se puede encontrar en la página web del VCF “Formas y Recursos”.
Sección 5. Enmiendas
5.1 Si el Programa de Salud del WTC me certifica con una condición nueva después de haber recibido mi compensación, o tengo una nueva pérdida económica, ¿puedo enmendar mi reclamo? (Actualizado: el 5 de septiembre de 2019)
Sí, usted puede enmendar su reclamo por lesión física personal para añadir una nueva condición o una nueva pérdida económica en cualquier momento, pero antes del 1 de octubre de 2090. Usted puede encontrar las instrucciones completas de Cómo Presentar una Enmienda en la sección de “Formularios y Recursos” en nuestra página web. En el reclamo de un fallecido (por ejemplo: en reclamo es presentado nombre de victima que murió como resultado de su condición elegible relacionada al 11/9), no se le permitirá enmendar su reclamo una vez el VCF complete una revisión sustancial de su compensación (con limitadas excepciones). Para información adicional en la instancias específicas para enmiendas en los reclamos de fallecidos vaya a la Sección 5 del documentos de Políticas y Procedimientos del VCF.
El VCF revisará la información y los documentos que presente con su enmienda y le notificará el resultado de la nueva revisión. Si el VCF determina que es elegible para una compensación por la condición nueva y usted está buscando pérdida económica adicional relacionada con dicha condición, usted tiene que presentar una enmienda de compensación.
Importante saber: La indemnización que el VCF calcula no está basada en la cantidad de condiciones certificadas, sino en la severidad y el impacto de esas condiciones en su vida diaria. En muchos casos, ser encontrado elegible por condiciones adicionales no significa un aumento en la indemnización, salvo que esa nueva condición sea cáncer y la indemnización previa haya sido basada en condiciones que no incluyan cáncer.
En ciertas ocasiones enmendar su reclamo no necesariamente cambiará su indemnización. Usted deber considerar estas situaciones antes de presentar una enmienda y estos casos son los siguientes.
- Enmiendas en busca de pérdidas no económicas adicionales: Exceptuando casos extraordinarios, si usted ya ha recibido una indemnización en pérdida no-económica por el máximo que la ley establece ($90,000.00 para condiciones que no son cáncer y $250,000.00 para cáncer), reclamar una nueva condición no cambiará la previa indemnización. Usted puede presentar una modificación de elegibilidad para incluir una nueva condición física y el VCF determinará si esa condición es elegible, pero usted no debe de presentar una modificación para reclamar pérdida no económica adicional. Las situaciones extraordinarias en las que el VCF podrá aumentar la previa indemnización de pérdida no económica son cuando la nueva condición es cáncer y usted no había estado previamente certificado por cáncer o cuando esa nueva condición que no es cáncer tiene un impacto severo y debilitador así es como lo identifica la Magistrada Especial y como se explica en la Sección 2.1 (a) del documento de “Políticas y Procedimientos del VCF.
- Enmiendas a reclamos donde se han recibido pagos muy grandes por terceras fuentes: Si su indemnización inicial fue reducida por pagos hechos por terceras fuentes, usted debe considerar si el monto total de esos pagos sobrepasa el aumento adicional que usted busca con enmendar su reclamo. Si estos pagos hechos por terceras fuentes son sustancialmente más grandes que la pérdida que usted reclama, la modificación no cambiará la indemnización inicial. Por ejemplo, si usted previamente ha recibido $350,000.00 por haber llegado a un acuerdo con la corte en su caso relacionado al 11/9, usted no debe modificar su reclamo porque las pérdidas no económicas no sobrepasan la cantidad que ya usted ha recibido.
Si usted tiene abogado o representación legal y no está seguro si enmendar su reclamo resultará en un cambio sustancial a su indemnización inicial, el VCF le recomienda que discuta la enmienda con su abogado antes de presentarla. Si no tiene abogado o representación legal, llame a la Línea de Ayuda del VCF y sus representantes le asistirán en la decisión de si presentar o no la enmienda.
Para información más detallada de como el VCF calcula sus indemnizaciones, por favor refiérase al documento de Políticas y Procedimientos.
5.2 ¿Por qué el VCF no acepta enmiendas en los reclamos de fallecidos cuando si permite enmendar los demás reclamos? (Añadido: 26 de diciembre de 2019)
A diferencia de un reclamo por lesión personal, donde la victima está viva, las circunstancias del reclamo de una persona fallecida no cambian. Por tanto, todas las pérdidas de la víctima fallecida el reclamante las debe saber al momento de presentar el reclamo. Es mucho más eficiente para el VCF, porque acelera el ritmo en el cual el VCF decide indemnizaciones para todos los reclamantes, si el VCF revisa estos reclamos con todas las pérdidas solicitadas a la misma vez.
5.3 Enmendé mi reclamo de compensación. ¿Cuándo se emitirá la decisión? (Actualizado: el 26 de diciembre de 2019)
Nuestra primera prioridad es emitir decisiones sobre los reclamos de aquellos reclamantes que aún no han recibido ninguna indemnización. Al mismo tiempo, seguimos revisando las enmiendas y usamos el mismo orden de prioridad para emitir decisiones, revisamos las enmiendas con más antiguad antes de revisar las nuevas.
La forma en que priorizamos la revisión de una enmienda depende de si ya hemos efectuado un pago en el reclamo. Como regla general, hacer una enmienda en un reclamo que todavía no se ha resuelto (es decir, el reclamante aún no ha recibido ninguna determinación de indemnización) no cambiará su estado de prioridad. Basamos la prioridad en la fecha en la que se presentó el formulario de compensación (vea FAQ 1.2).
Los reclamos que ya han recibido una determinación de indemnización, nuestro orden de prioridad depende de la fecha de presentación de la enmienda y no de la fecha de presentación del formulario de compensación original. Como regla general, para los reclamantes es mejor (y nos permitirá considerar los reclamos en su totalidad en vez de por fragmentos) que las enmiendas se realicen mientras el reclamo está en revisión que después de que se haya otorgado una indemnización.
Sección 6. Compensación y Pago
6.1 ¿Qué pasa si mi cuenta bancaria o dirección han cambiado desde mi último pago? (Actualizado: el 13 de octubre de 2023)
Si ya ha recibido al menos un pago del VCF y su información bancaria ha cambiado desde que se procesó el último pago, usted debe completar un nuevo Formulario de Información de Pago AHC y subirlo a su reclamo en línea tan pronto como sea posible. Cuando usted suba el formulario de ACH a su reclamo en línea, usted debe incluir una carta que diga que la información del nuevo formulario va a reemplazar la información bancaria que está asociado con su reclamo. Si su dirección ha cambiado, por favor, llame a nuestra Línea de Ayuda 1-855-885-1555 para obtener asistencia sobre la actualización de datos.
6.2 ¿Por cuánto tiempo mi abogado puede retener mis pagos antes de desembolsarlos? (Actualizado: el 21 de agosto de 2018)
La expectativa de la Magistrada Especial es que los bufetes de abogados desembolsen los pagos a los reclamantes dentro de los 30 días en que se depositó el dinero en la cuenta del bufete de abogados.
6.3 ¿Cuándo puedo esperar recibir el pago y si este será prorrateado? (Actualizado: el 13 de octubre de 2023)
El VCF no prorratea pagos. Su reclamo será indemnizado por el monto total de la pérdida calculada en el momento en que se procese el pago.
Su carta de indemnización incluirá el tiempo estimado que tomará el procesamiento de su pago. El VCF comienza procesando su pago un día laboral después de la fecha de la carta de indemnización. Una vez que el VCF comienza a procesar el pago, puede tomar hasta 20 días para que la Magistrada Especial lo autorice. El pago es entonces procesado por el Departamento de Justicia y el Departamento del Tesoro, lo cual puede tardar hasta 3 semanas. Esto significa que su pago debería ser emitido a la cuenta bancaria asignada dentro de los 3 meses a partir de la fecha de su carta de determinación de indemnización. Esto es un estimado general, y su pago puede ser procesado más rápido.
6.4 ¿Los pagos por discapacidad de otras fuentes (tales como Asuntos de Veteranos, NYCERS), etc.) serán deducidos de mi indemnización? (Actualizado: el 10 de noviembre de 2016)
Sí, si los pagos están relacionados con su discapacidad por una condición elegible relacionada al 9/11. La ley exige que el VCF deduzca de su indemnización cualquier beneficio por discapacidad que usted esté recibiendo, o tenga derecho a recibir, relacionado con sus condiciones físicas de salud elegibles. Si está recibiendo pagos de discapacidad por condiciones que no son elegibles para el VCF, esos montos no se deducirán de su indemnización.
6.5 ¿Me pueden reembolsar los gastos médicos que pagué directamente porque no estaban cubiertos por el Programa de Salud del WTC ni fueron reembolsados por mi plan médico? (Actualizado: 30 de junio de 2023)
Sí. Usted puede solicitar reembolso de los gastos médicos que pagó directamente como resultado de su(s) condición(es) elegible(s) si estos pagos fueron hechos antes de la fecha de certificación de su(s) condición(es) elegible(s) por el Programa de Salud del WTC. El VCF no reembolsará los gastos incurridos después de que su condición haya sido certificada, y si usted eligió tratarse con un médico fuera del Programa de Salud del WTC, o si sus medicamentos fueron completados por una farmacia no afiliada.
Si usted está reclamando reembolso de los gastos médicos que pagó directamente como resultado de su(s) condición(es) elegible(s) durante el proceso de Medico Privado del VCF, usted puede reclamar reembolsos por los gastos que se incurrieron en o antes de la fecha en que el VCF verifico su condición elegible, ya que el tratamiento de la(s) condición(es) no está cubierto por el Programa de Salud del WTC.
Debido a que los reclamos de reembolso requieren de una gran revisión y mucha documentación para establecer que los gastos médicos requeridos están relacionados a su condición elegible y que usted pago por ellos en su capacidad personal, el procesar estos reclamos requiere de mucho tiempo y pueden atrasar su compensación. Por ende, el VCF ha establecido unos criterios específicos de cuándo y cómo usted debe presentar su reclamo por reembolso de gastos médicos.
- En un reclamo de lesión personal, el reclamo por gastos médicos debe ser presentado como una enmienda a la compensación, después de haber recibido su compensación inicial. Así el VCF puede emitir la compensación inicial rápidamente, ya que no tiene que dedicar tanto tiempo para revisar cada gasto médico.
- En los casos de víctimas fallecidas, el reclamo por gastos médicos debe ser parte del reclamo inicial. Esto es así porque por lo general, en los reclamos de fallecidos no se permite enmendar o modificar el reclamo una vez el VCF termina de completar la revisión substantiva del reclamo de compensación.
- El monto total del reclamo para reembolso de gastos médicos incurridos por una condición elegible debe exceder los $5,000, y el VCF debe poder verificar al menos $5,000 de los gastos reclamados basándose en la documentación proveída. Esto significa que aun cuando se reclame $5,000 o más, el VCF solo reembolsara si se puede validar al menos $5,000 de eso gastos médicos.
- El reclamo por gastos médicos debe ser presentado con la documentación requerida y en el formato requerido tal y como se explica en estas instrucciones.
La Magistrada Especial tendrá la discreción para excusar uno o más de estos requisitos, según sea el caso, a base de las circunstancias individuales del reclamante. Si usted desea obtener una exención, por favor comuníquese a la Línea de Ayuda del VCF (1-855-885-1555).
Sección 7. Proceso Médico Privado
7.1 ¿Quién debe completar el formulario de Médico Privado? (Actualizado: 25 de julio de 2017)
Usted debe completar los formularios en línea de Médico Privado únicamente si cumple con los criterios para el proceso Médico Privado si usted no cumple con los criterios para el proceso Médico Privado debe responder "No" a cualquier pregunta sobre el tratamiento por un médico que no esté afiliado con el Programa de Salud del WTC. También deberá responder "No" si el sistema muestra la pregunta sobre si usted está listo para presentar la información relacionada con el proceso de Médico Privado. Al responder "No" a estas preguntas, no se mostrarán en el sistema las preguntas sobre Médico Privado.
7.2 ¿El proceso de Médico Privado está disponible para las víctimas que fallecieron por una condición no elegible y a quienes están reclamando pérdidas por lesiones físicas personales? Por ejemplo, si un sobreviviente del WTC falleció de un ataque al corazón, pero ya había padecido de asma y GERD mientras estaba vivo, y había sido tratado por médicos privados únicamente y nunca fue miembro del Programa de Salud del WTC, ¿puede la sucesión obtener la certificación de una condición elegible mediante el proceso de Médico Privado o son inelegibles para una compensación por lesiones físicas personales del VCF? (Actualizado: 25 de julio de 2017)
El proceso de Médico Privado podría estar disponible en esta situación para que el reclamante pueda proceder con su reclamo de lesiones físicas personales. El proceso permanece disponible para personas fallecidas que no fueron certificadas por la condición reclamada antes de su muerte.
7.3 ¿El proceso de Médico Privado está disponible únicamente para las personas fallecidas que anteriormente fueron certificadas por el Programa de Salud del WTC y ahora están reclamando por un cáncer, o también está disponible para víctimas de lesiones personales que fueron certificadas anteriormente por condiciones no relacionadas con cáncer y ahora están buscando compensación por un cáncer? (Actualizado: 28 de agosto de 2018)
El proceso de Médico Privado continuará estando disponible para todos los reclamos – fallecimiento o lesiones personales – donde la víctima ya había sido previamente certificada por el VCF para una condición certificada y ahora está buscando añadir un cáncer. Por favor, tenga en cuenta que el individuo tiene que haber sido previamente certificado por al menos una condición elegible y haber sido considerado elegible para compensación por el VCF, para buscar la verificación de un cáncer mediante el proceso de Médico Privado. Para las personas que reclaman por cáncer y que actualmente no están certificadas para tratamiento de ninguna condición por el Programa de Salud del WTC, estas tienen que acudir al Programa de Salud del WTC para obtener la certificación del cáncer, aunque pueden, por supuesto, continuar siendo tratadas por su médico tratante.
7.4 ¿Cómo solicito ser considerado excepción dentro del criterio del proceso de Médico Privado? ¿Qué debo enviar si quiero reclamar una excepción por dificultades sustanciales? (Actualizado: 23 de agosto de 2017)
Para poder solicitar la excepción del proceso de Médico Privado, usted debe demostrar gran dificultad en asistir a la evaluación, certificación y tratamiento para su condición por el Programa de Salud del WTC, en la ciudad de Nueva York, área metropolitana, o a través de la red de proveedores a través de la nación.
Si usted entiende que obtener una certificación del Programa de Salud del WTC es demasiado difícil, usted podría subir en línea a su reclamo una declaración o carta explicando la circunstancia por la cual usted debe ser considerado para el proceso de Médico Privado y acto seguido llamar a Línea de Ayuda del VCF para dejarnos saber que hay un solicitud de Médico Privado pendiente. Una vez que su solicitud sea evaluada y se haya tomado una decisión, ya sea aprobada o denegada, un representante la Línea de Ayuda lo llamará y le dejará saber la decisión. Si el VCF determina que usted es un candidato para este proceso, usted debe completar y presentar el formulario de Médico Privado con los documentos suplementarios requeridos.
7.5 Yo resido fuera de los Estados Unidos. ¿Necesito ir al Programa de Salud del WTC para obtener mi condición certificada para tratamiento? (Actualizado: 1° de febrero de 2018)
No. Al residir en el extranjero, fuera de los Estados Unidos, usted puede utilizar nuestro proceso de Médico Privado para verificar su condición o condiciones. Usted tendrá que completar los formularios de Médico Privado cuando esté completando su reclamo en línea, el formulario está disponible en nuestra página web. El VCF trabajará directamente con el Programa de Salud del WTC para verificar su condición o condiciones elegibles para compensación.
Si tiene alguna pregunta acerca de alguna situación en particular, por favor contacte la Línea de Ayuda al 1-855-885-1555.