Sí, el Representante Personal autorizado de la persona fallecida puede presentar un reclamo para compensación del cáncer uterino, siempre y cuando los otros requisitos de elegibilidad se cumplan. Porque la fallecida no puede ir al Programa de Salud del WTC para certificar su condición, el cáncer uterino tiene que ser verificado mediante el proceso de Médico Privado del VCF. El Representante Personal autorizado tendrá que completar y presentar los formularios y documentos requeridos para que el Médico Privado del VCF pueda evaluar y determinar si la muerte está relacionada a su condición. Puedes encontrar detalles e instrucciones sobre el proceso de Médico Privado aquí: https://www.vcf.gov/private-physician-process.
En adición a completar los formularios de médico privado, el Representante Personal autorizado también tendrá que presentar un reclamo a nombre de la víctima solicitando compensación en relación al cáncer, o enmendar un reclamo ya previamente presentado dependiendo de las circunstancias específicas que se delinean a continuación:
- Si la víctima presentó un reclamo de lesión personal con el VCF antes de su muerte, siga estas instrucciones: https://www.vcf.gov/resources/when-claimant-passes-away-after-filing-personal-injury-claim.
- Si el reclamo de fallecido ha sido presentado, y el reclamo ha sido aprobado a base de otras condiciones elegibles, el Representante Personal puede enmendar el reclamo de fallecido para solicitar compensación adicional por el cáncer relacionado.
- Si ningún reclamo se ha presentado a nombre de la víctima, y se cree que la causa de muerte está relacionada a su condición del 11/9 (incluyendo cáncer uterino verificado por el proceso de Médico Privado), el Representante Personal autorizado tendrá que presentar un reclamo a nombre de la víctima.
- Si ningún tipo de reclamo se ha presentado a nombre de la víctima, y se cree que la causa de muerte no está relacionada a su condición del 11/9, entonces el Representante Personal autorizado tendrá que presentar un reclamo de lesión personal a nombre de la víctima. Para solicitar compensación por las perdidas asociadas a sus condiciones elegibles antes de su muerte.